@jorge.pesqueira: ¿Qué hacer si alguien te molesta o perturba en tu propiedad sin llegar a despojarte? En materia civil, existe el interdicto de retener la posesión, un recurso legal para proteger tus derechos. #TipsJurídicos
necesito colaborar con un licenciado así tengo un caso en proceso y no tengo quien me represente espero su atención
2025-09-08 01:23:40
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Argel Williams :
es un amor este señorón abogado 🥰
2025-09-10 03:05:56
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Daniel Verdugo :
Dr… le mande un mensaje privado
2025-09-10 01:49:17
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Norma Ramirez :
gracias
2025-09-06 04:23:25
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jehaydin :
Señoron Licenciado Pesqueira, tan elocuente como siempre. Muchas gracias por su enseñanza.
2025-09-06 15:06:42
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priciponcho :
Que buen consejo Doctor, desconocía ese procedimiento, saludos cordiales...
2025-09-06 01:41:46
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wolf :
excelente consejo ,muchas gracias por compartir, su gran conocimiento. saludos.
2025-09-06 00:40:59
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miss v :
excelente maestro
2025-09-05 13:35:16
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🪷La flor mas bella del ejido :
gracias
2025-09-06 02:02:22
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Armando Ocaño chino :
🙂
2025-09-05 17:51:52
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Jaimejaime :
Podrían quitarle el audio-música a los videos cuando tienen diálogo
2025-09-05 23:52:50
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eltemochi :
me gustaría licenciado lo explique de manera no tan técnica para entenderlo bien, mil gracias...
2025-09-06 23:44:29
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jose :
una gran mentira pues hasta por lo civil dura años porque le inyectan $$$
2025-09-06 17:21:13
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Francisco :
Señor Licenciado
para los Ministerios públicos la prontitud de la que habla la ley ellos la interpretan que es un año y medio.
por que si verdaderamente algo fuera de manera "pronta" no duraran mas de treinta dias en actuar y eso es cosa que nunca va a suceder.
La Neta !
2025-09-06 02:46:09
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pepe5051 :
se podría iniciar los dos procedimientos lic? a fin de que también tenga consecuencias penales existiendo la flagrancia, o el mismo juicio civil por si solo ayuda a la causa penal? saludos
2025-09-05 12:23:47
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