@abgdeliacastro: LA VIOLENCIA PSICOLÓGICA Está tipificada en el Artículo 15, numeral 1 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se define como toda conducta activa u omisiva que deshonre, desacredite o menosprecie el valor de la mujer. Incluye: Humillaciones, vigilancia constante y aislamiento. Insultos y amenazas. Control de la vida social o laboral. #violenciapsicologica #narcisistas #abuso #mujerestiktok #derechopenalvenezolano