Legal29⚖️🇨🇴 :
En mi opinión la pregunta relacionada con las mesas del establecimiento era totalmente conducente, en la medida en que permitía corroborar el nivel de atención real que podía tener la testigo frente a los hechos que afirma haber presenciado. Si una persona se encontraba atendiendo un local lleno, con un número considerable de clientes, mesas y sillas ocupadas, ello permite inferir razonablemente que su atención no podía estar plenamente enfocada en la interacción sostenida entre el presunto victimario y la víctima durante el tiempo referido.
En ese sentido, aunque de manera involuntaria, la defensa terminó aportando elementos inferenciales útiles para una corroboración periférica, abriendo el camino para una valoración conjunta de la prueba bajo máximas de la experiencia.
Las circunstancias de tiempo probablemente serán superadas con el testimonio de la presunta víctima. Sin embargo, quedaría pendiente establecer qué testigo puede brindar mayor claridad sobre el lugar exacto de ocurrencia, pues el modo de ejecución no aparece completamente claro, aunque sí puede ser deducible a partir del relato: se menciona la existencia de un cuchillo, el consumo de alcohol y una dinámica previa de conflicto.
La defensa parece concentrarse en desvirtuar la agresión verbal típica dentro de un contexto de violencia intrafamiliar. No obstante, al hacerlo, termina reforzando una posible lectura compatible con el móvil previsto en el artículo 104A del Código Penal, relacionado con la subordinación, dominación o control sobre la mujer por razón de su género, especialmente al tratarse de su pareja sentimental y de una conducta aparentemente reiterada o de tracto sucesivo, marcada por comportamientos celotípicos.
En ese orden, sería necesario explorar con mayor profundidad una línea defensiva orientada no solo a controvertir la existencia de la violencia verbal o psicológica, sino también a indagar si existió una situación de defensa, coacción o reacción dirigida a proteger un bien jurídico propio, como la vida o la integridad personal.
2026-06-15 04:44:38