Artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica: Considera una infracción contra el entorno urbano modificar el uso o destino de la vía pública sin autorización oficial.Artículo 28 de la Ley de Cultura Cívica: Prohíbe estorbar o impedir de cualquier forma el uso de la vía pública sin permiso.Multas: Las sanciones van de $1,200 a más de $4,500 pesos mexicanos (11 a 40 veces la UMA).Arresto: La ley también contempla penas de arresto administrativo que van de 13 a 24 horas.
2026-06-07 19:09:49
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DAMIAN :
Eres una gran persona haces cosas que ni el gobierno hace y eso te define como una gran persona 🔥
2026-06-05 14:46:46
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RED KNIGHT J.E.R.C 89 :
El que graba
2026-06-08 08:35:39
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Marco Antonio :
si si si ingeniería civil
2026-06-08 03:24:57
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Juan Exposito :
copia del potro.....
2026-06-05 16:45:40
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Edgar Calleros857 :
no manches casi se le salen
2026-06-07 21:51:36
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