@gruponexium: Operar con una estructura offshore no convierte automáticamente a una persona o empresa en evasora de impuestos en México. La diferencia entre una planeación fiscal internacional legítima y una contingencia por evasión o elusión depende de factores como la residencia fiscal, la materialidad de la operación, la correcta revelación de ingresos, la sustancia económica de la estructura y el cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el SAT. En materia fiscal, no basta con hablar de “offshore”; lo relevante es analizar para qué se utiliza la estructura, cómo se generan los ingresos, dónde se acumulan y si existe una estrategia de cumplimiento adecuada. Una mala implementación puede generar riesgos relevantes en materia tributaria, patrimonial e incluso de prevención de lavado de dinero. . . . . . . . #offshore #mexico #Crypto