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La pasarela no está aprobada, sólo existe una proposición de ley en tramitación, con enmiendas y vetos del gobierno. El coste que tendrá aún no se conoce, pues tendrá que aprobarse la ley y su posterior reglamento, que establecerá las condiciones de esa "pasarela". Tu perspectiva no es la de los abogados. El mutualismo de los abogados es muy anterior al RETA. Es cierto que la Mutualidad de la Abogacía (en adelante MA) era el sistema alternativo a la Seguridad Social (en adelante SS) de los abogados, obligatorio para poder trabajar. Ahí pagábamos nuestras "cuotas" mensuales. Cuando se nos permite elegir cotizar a la MA o a la SS no es en 1995 sino en 1996, y no sólo perdíamos nuestras aportaciones, sino también nuestros años cotizados, partíamos de cero como si nunca hubiésemos trabajado. A partir de 2005 el sistema pasa de colectivo a individual (cada mutualista tiene lo que llaman "fondo") con aportaciones, intereses, etc. Y sí sabemos lo que percibiremos de jubilación, una cantidad entre 200 y 400 euros mensuales, doce pagas y sin revalorización. Y dicha cantidad sin garantizar. No pretendemos que la SS nos reconozca la pensión de jubilación, pues a día de hoy a los pasivos (pensionistas de la MA) no se les permite entrar en la pasarela, no percibiendo pensión del Estado. Pretendemos pasar todos nuestros fondos a la SS y seguir cotizando a ésta como cualquier trabajador, con los mismos derechos y obligaciones. En la MA no tenemos prestaciones como bajas, incapacidades, viudedad, orfandad, maternidad, paternidad...).
Traspasariamos muchísimo dinero al Estado, al que nunca le hemos costado nada, excepto la sanidad pública a partir de 2012, antes tampoco. Es un tema de justicia social, porque el Estado tenía la obligación de supervisar a la MA, y no lo hizo nunca. Se dice que hemos pagado menos que los autónomos, pero no es cierto. Hemos pagado todo lo exigido, no hemos costado nada al Estado, no hemos percibido prestaciones del Estado (los autónomos sí) y además con nuestros impuestos, sin recibir nada, hemos contribuido al pago de los servicios y prestaciones públicas, entre ellas la jubilación de todos los ciudadanos. Hay otros colectivos afectados
2026-06-28 13:52:49