@everardoabogado: ¿Tus papás te prometieron la casa de palabra? 🏛️⚖️ Las promesas verbales no transmiten propiedad ante la ley 3 puntos legales: 🔴 Donación y herencia requieren formalidad escrita: Para transmitir un inmueble en vida se requiere escritura pública ante Notario. Para después del fallecimiento, se requiere testamento. Las promesas verbales no tienen efecto jurídico sobre bienes inmuebles. 📋 Sin testamento aplica sucesión intestada: Si fallecen sin testamento, la ley ignora cualquier acuerdo verbal y divide el patrimonio en partes iguales entre todos los hijos — independientemente de quién cuidó a los padres, invirtió en la propiedad o vivió en ella. ⚖️ Copropiedad entre hermanos: Sin testamento, la casa se convierte en copropiedad de todos. Para que pase a tu nombre, todos los coherederos deben ceder o vender su parte. Basta que uno se niegue para bloquear la transmisión. ✅ Si la intención es formalizar, el trámite debe hacerse en vida — ante Notario y por escrito. ✊