mary⁷ :
Es sencillo de explicar, entiendo que por regla gramatical la RAE diga que el masculino genérico "niños" incluye a todos, y que por eso se busque simplificar a "niños y adolescentes". Pero en el trabajo con infancia del ICBF el lenguaje no es solo gramatical, es jurídico.
En Colombia la norma rectora es la *Ley 1098 de 2006, Código de Infancia y Adolescencia*, y en todo su articulado dice de forma expresa *"los niños, las niñas y los adolescentes"*. No es redundancia ni es lenguaje inclusivo por moda, es reconocimiento de sujetos de derecho diferentes.
La jurisprudencia de la Corte Constitucional y los lineamientos del propio ICBF exigen el enfoque diferencial y de género. ¿Por qué? Porque las niñas no viven las mismas vulneraciones que los niños. Las estadísticas de Medicina Legal, del ICBF y de la ONU lo muestran: violencia sexual, embarazo adolescente, matrimonio infantil, trata, violencias basadas en género, las afectan de forma desproporcionada.
Cuando se deja de nombrar a las niñas y se vuelve solo a "niños", en el marco de derechos eso se conoce como *invisibilización jurídica y estadística*. Si no se nombran, no se desagregan los datos. Si no se desagregan, no se visibiliza la problemática real. Y si no se visibiliza, no se crean rutas, programas ni presupuesto específico para protegerlas.
Nombrarlas no es un capricho del lenguaje, es la forma de garantizar que existan para el Estado, para la política pública y para la asignación de recursos. Retroceder de "niños, niñas y adolescentes" a solo "niños y adolescentes" es, en materia de derechos, invisibilizarlas.
2026-08-22 16:16:07