@_hkm.ri: kĩ năng thì ít mà nổ thì nhiều 🤡 #uprize #hari_🌷 #fyp #viral

𝘩𝘢𝘳𝘪 🍓
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huynh_truong_yen_nhi
Huỳnh Trương Yến Nhii :
để bốn ông HN một nhóm có bom nguyên tử r
2026-09-10 05:34:56
35
_dngmihch._
chau :
hình phạt khi đi học về
2026-09-09 09:05:32
7
_hkm.ri
𝘩𝘢𝘳𝘪 🍓 :
lần hiếm hoi đc 1k tim
2026-09-10 11:31:55
0
otchuongiuuprize
Bthy :
mạnh ai nấy nổ
2026-09-10 02:39:15
6
beaniucaiiy
𝙗𝙚𝙖𝙣. :
bệnh hết r💔💔
2026-09-10 04:20:45
2
sannie_iu_uprize
sannie :
Tui iu Shopee sao thì sao 2
2026-09-11 05:24:43
3
embaoremhoangf
𝒌𝒍. :
bóc
2026-09-09 07:05:38
2
sunew_
sw. :
2026-09-11 06:50:09
1
_hkm.ri
𝘩𝘢𝘳𝘪 🍓 :
ủa sao flop 😭
2026-09-09 07:26:50
0
kemie369
Kemie :
không nổ sợ ngta kbt mk là UPRIZE hsao á troii
2026-09-09 12:58:32
4
sherry30121995
serii :
🥰
2026-09-10 06:00:50
1
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#LaSillaEnVivo En la última jornada del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Colombia se desmarcó de expresiones como “salud y derechos sexuales y reproductivos”. Sobre ese concepto, el embajador encargado ante la ONU, Álvaro Ayala, sostuvo en su pronunciamiento que “no es un lenguaje universalmente acordado ni tiene definición en tratados vinculantes en la resolución L.34”. Esa resolución está impulsada por España y Alemania sobre el derecho al agua potable y al saneamiento, donde también se habla de los derechos, la salud sexual y reproductiva y las necesidades específicas de mujeres, como higiene menstrual. “En esa misma resolución, entiende ‘salud menstrual’ únicamente en relación con agua, saneamiento, higiene, información y atención sanitaria”, añade el pronunciamiento colombiano. El martes, Colombia se abstuvo de votar una enmienda que buscaba retirar del texto de esa resolución la referencia al concepto. La propuesta, en todo caso, fue rechazada en el Consejo de Derechos Humanos. También ajustó la interpretación de “género” al Estatuto de Roma. De ese concepto y de expresiones derivadas como “violencia sexual y de género”, “violencia de género facilitada por la tecnología”, “estereotipos de género”, “perspectiva de género” y “medidas que respondan a las cuestiones de género”. Ahora las interpreta como “orientaciones para asegurar la igualdad y prevenir la discriminación y la violencia”. El Estatuto de Roma, en su artículo 7.3, tiene una definición binaria del término “en el contexto de la sociedad”. Es decir, que limita la interpretación jurídica del género a los sexos masculino y femenino. No obstante, el inciso de “en el contexto de la sociedad” abre el término a identidades de género diversas. La intervención, en sí misma, no supone que el país desconozca los derechos de las mujeres y las personas Lgbtiq+. Aun así, la organización Caribe Afirmativo le dijo a El Espectador que ve con preocupación las palabras de Colombia en la ONU. “La intervención plantea una lectura restrictiva de conceptos que hoy permiten identificar y responder a formas específicas de desigualdad y violencia”, explicó.
#LaSillaEnVivo En la última jornada del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Colombia se desmarcó de expresiones como “salud y derechos sexuales y reproductivos”. Sobre ese concepto, el embajador encargado ante la ONU, Álvaro Ayala, sostuvo en su pronunciamiento que “no es un lenguaje universalmente acordado ni tiene definición en tratados vinculantes en la resolución L.34”. Esa resolución está impulsada por España y Alemania sobre el derecho al agua potable y al saneamiento, donde también se habla de los derechos, la salud sexual y reproductiva y las necesidades específicas de mujeres, como higiene menstrual. “En esa misma resolución, entiende ‘salud menstrual’ únicamente en relación con agua, saneamiento, higiene, información y atención sanitaria”, añade el pronunciamiento colombiano. El martes, Colombia se abstuvo de votar una enmienda que buscaba retirar del texto de esa resolución la referencia al concepto. La propuesta, en todo caso, fue rechazada en el Consejo de Derechos Humanos. También ajustó la interpretación de “género” al Estatuto de Roma. De ese concepto y de expresiones derivadas como “violencia sexual y de género”, “violencia de género facilitada por la tecnología”, “estereotipos de género”, “perspectiva de género” y “medidas que respondan a las cuestiones de género”. Ahora las interpreta como “orientaciones para asegurar la igualdad y prevenir la discriminación y la violencia”. El Estatuto de Roma, en su artículo 7.3, tiene una definición binaria del término “en el contexto de la sociedad”. Es decir, que limita la interpretación jurídica del género a los sexos masculino y femenino. No obstante, el inciso de “en el contexto de la sociedad” abre el término a identidades de género diversas. La intervención, en sí misma, no supone que el país desconozca los derechos de las mujeres y las personas Lgbtiq+. Aun así, la organización Caribe Afirmativo le dijo a El Espectador que ve con preocupación las palabras de Colombia en la ONU. “La intervención plantea una lectura restrictiva de conceptos que hoy permiten identificar y responder a formas específicas de desigualdad y violencia”, explicó.

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