@juezaosirismezaperez: ⚖️ El examen oficioso de la legitimación procesal en la audiencia preliminar. El artículo 873-F, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo establece que corresponde al Tribunal examinar las cuestiones relativas a la legitimación procesal, con la finalidad de depurar el procedimiento. En este extracto de audiencia preliminar, al realizar dicho examen, se advirtió que la documentación exhibida por la representación de una empresa demandada resultaba insuficiente para acreditar las facultades necesarias para efectuar una sustitución sucesiva del poder. No basta con exhibir una carta poder. Es indispensable verificar que quien la otorga cuente efectivamente con las facultades legales para hacerlo. En consecuencia, al no acreditarse debidamente la cadena de representación, se determinó no reconocer personalidad a la abogada compareciente. Este caso permite observar la importancia del análisis oficioso de los presupuestos procesales y la función de depuración que corresponde al Tribunal durante la audiencia preliminar. #JusticiaLaboral #AudienciaPreliminar #Personalidad #DerechoLaboral #Oralidad