@abogado.oscarmiranda: Volvió de su luna de miel y la llave de su propio departamento ya no abría. Adentro vivía una pareja desconocida con un contrato de arrendamiento firmado a su nombre — una firma que ella nunca puso. 🔑💔 El Código Penal de la Ciudad de México (art. 237) sanciona el despojo aunque la posesión "esté en disputa". Y cuando hay documentación falsa y suplantación de identidad, la pena sube de 6–11 a 7–11 años (art. 238). Si el ocupante no se va ni después de ser requerido, eso se equipara al despojo (art. 238 Bis). Recuperó la posesión en 5 semanas por la vía civil, mientras el proceso penal sigue con la pena agravada. 📩 Manda RESTITUCION por DM. Máximo 4 casos al mes. #DespojoDeInmueble #AbogadoPenalista #DefensaPatrimonial