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neilannaid
2oscar :
my husband my love my everything
2026-11-05 18:26:36
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pt6ttt
Savannah :
I' m nothing to anyone..
2026-11-05 14:40:30
0
bell.angel.pstton
bell :
All the time ❤️
2026-11-05 20:58:32
0
daisynaga4
daisy :
yhank you
2026-11-05 08:31:32
0
peace_joy02
EW :
lovely song
2026-11-05 23:57:46
0
paige7288
Paige :
🥰😘❤️
2026-11-05 16:57:46
0
crystalbel27
crystalbel27 :
2026-11-05 15:12:06
0
jaime.arce.colon
Jaime Arce Colon :
2026-11-05 23:04:34
0
chilled85
chilled :
🥰🥰🥰
2026-11-05 07:22:47
0
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El Comandante Supremo y el imperio de la Constitución ​Por: Lucenith Gross Piña (Muñe Piña) ​La reciente imagen del presidente Abelardo De La Espriella recorriendo las calles en el marco de un operativo de seguridad, luciendo una pistola al cinto y escoltado por miembros de la Policía Nacional y el Ejército, ha desatado una ola de comentarios y juicios apresurados. Sectores de la opinión pública se apresuraron a cuestionar la estampa, hablando con liviandad sobre supuestas irregularidades. Sin embargo, antes de emitir juzgamientos mediáticos, resulta indispensable hacer una pausa y revisar lo que manda nuestra Carta Magna. ​El debate jurídico y político no puede basarse en apasionamientos o desconocimiento de la norma fundamental. La Constitución Política de Colombia establece con total claridad en su artículo 189 (numeral 3) que corresponde al Presidente de la República, como Jefe de Estado y Suprema Autoridad Administrativa, dirigir la fuerza pública y ser su Comandante Supremo. Esta condición otorga al primer mandatario una investidura constitucional única e indivisible dentro de la arquitectura de la seguridad nacional. ​Sostener que el presidente incurre en una falta por portar un arma en este contexto equivale a ignorar que el Jefe de Estado no es un particular cualquiera ni un ciudadano común en el ejercicio de funciones privadas. Su rol como comandante en jefe lo vincula directamente a la estructura jerárquica y operativa de la Fuerza Pública. Interactuar institucionalmente con los elementos defensivos y símbolos de la fuerza del Estado, especialmente cuando se despliega en territorio para respaldar la operatividad de las tropas y la tranquilidad ciudadana, se enmarca plenamente dentro de su alta dignidad institucional. ​Más allá del impacto visual que genera ver a un mandatario ejerciendo el mando de manera directa y frontal en el terreno, el mensaje de fondo es de firmeza institucional y presencia de Estado. La legalidad no está en discusión cuando se comprende el alcance del mandato constitucional: el ejercicio del mando militar supremo no es una mera figura retórica, sino una responsabilidad real sobre el monopolio legítimo de la fuerza que la Constitución le encomienda al Presidente de la República.#abelardodelaespriellapresidente🇨🇴 #ABELARDO #SeguridadColombia
El Comandante Supremo y el imperio de la Constitución ​Por: Lucenith Gross Piña (Muñe Piña) ​La reciente imagen del presidente Abelardo De La Espriella recorriendo las calles en el marco de un operativo de seguridad, luciendo una pistola al cinto y escoltado por miembros de la Policía Nacional y el Ejército, ha desatado una ola de comentarios y juicios apresurados. Sectores de la opinión pública se apresuraron a cuestionar la estampa, hablando con liviandad sobre supuestas irregularidades. Sin embargo, antes de emitir juzgamientos mediáticos, resulta indispensable hacer una pausa y revisar lo que manda nuestra Carta Magna. ​El debate jurídico y político no puede basarse en apasionamientos o desconocimiento de la norma fundamental. La Constitución Política de Colombia establece con total claridad en su artículo 189 (numeral 3) que corresponde al Presidente de la República, como Jefe de Estado y Suprema Autoridad Administrativa, dirigir la fuerza pública y ser su Comandante Supremo. Esta condición otorga al primer mandatario una investidura constitucional única e indivisible dentro de la arquitectura de la seguridad nacional. ​Sostener que el presidente incurre en una falta por portar un arma en este contexto equivale a ignorar que el Jefe de Estado no es un particular cualquiera ni un ciudadano común en el ejercicio de funciones privadas. Su rol como comandante en jefe lo vincula directamente a la estructura jerárquica y operativa de la Fuerza Pública. Interactuar institucionalmente con los elementos defensivos y símbolos de la fuerza del Estado, especialmente cuando se despliega en territorio para respaldar la operatividad de las tropas y la tranquilidad ciudadana, se enmarca plenamente dentro de su alta dignidad institucional. ​Más allá del impacto visual que genera ver a un mandatario ejerciendo el mando de manera directa y frontal en el terreno, el mensaje de fondo es de firmeza institucional y presencia de Estado. La legalidad no está en discusión cuando se comprende el alcance del mandato constitucional: el ejercicio del mando militar supremo no es una mera figura retórica, sino una responsabilidad real sobre el monopolio legítimo de la fuerza que la Constitución le encomienda al Presidente de la República.#abelardodelaespriellapresidente🇨🇴 #ABELARDO #SeguridadColombia

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