@mayman.taman9349: Tuổi mão là nghiệp duyên nên cắt đứt#12congiap2026 #meophongthuy #ketnoitinhduyen #meophongthuyhay

maymắn taman9349
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Tuesday 30 June 2026 13:37:20 GMT
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Comments

huoi75
tôi khác xưa rồi :
đã một năm trôi qua mà con không thể quên được người ấy. trong lòng con cứ mãi chờ người ấy quay trở lại với con. Thực ra con rất cố quên người ấy mà không thể quên được. con cầu xin ông trời hãy giúp con để cho con quên được người ấy. hãy giúp con để người ấy thoát ra khỏi tâm trí của con ạ. con xin đón duyên lành từ vụ trụ ạ. Nam mô A Di Đà Phật.nam mô A Di Đà Phật. nam mô a Di Đà Phật.
2026-07-01 02:03:38
15
tho.hong473
Thảo Hoàng :
ất mão có ai thấy đúng ko sao tôi đung quá vậy con mệt mỏi lắm rồi đến bao giờ con mới chả hết được đây
2026-07-01 05:02:44
9
bds_thanhdat
Thành Đạt BĐS :
Đinh Mão 1987 chưa gd
2026-07-01 03:11:13
6
thuy100387_
Thúy Lê :
🥺🥺🥺 sau con không làm được... đau quá
2026-06-30 23:31:55
6
hongan2121
Hông ân :
đúng tâm trạng tôi lúc này
2026-06-30 22:55:21
6
ngotham_2704
Ngô Thắm :
buồn. Đường tình duyên thật sự quá trắc trở
2026-07-01 07:33:53
2
cherytran99
Tiên☘️ 64d1 ☘️ :
mình k lm dc..gio chon chap nhan vi nhau co gang giu hp
2026-07-01 08:56:33
2
laixetai2
Thúy Nguyễn :
mình ất mão đây mình đang là như vậy nhưng chưa dứt đc.
2026-07-01 09:06:27
1
ha.ngo842
Ha Ngo :
đúng trong tâm trạng
2026-06-30 21:50:47
3
minhhanh030291
🌸🌸❤️❤️Minh Hạnh 91🌺🌺🌺 :
Đung quá mình nặng tình cảm họ phụ tình mình vân ko thể quên mình ko thoát ra đươc
2026-07-01 04:57:34
1
user667710555422
user667710555422 :
chuẩn luôn đời mắc nợ trả mãi không hết mình bỏ không được chán lắm rồi
2026-07-01 05:25:55
2
dodungcongnghe75
Haphuong :
chuẩn
2026-07-01 06:27:11
1
chuhopnhat
𝓝𝓗Ấ𝓣 𝓗𝓪𝔂 𝓑𝓾ồ𝓷 ☺️ :
Chắc chỉ là nợ duyên thôi. Cũng phải buông bỏ và thay đổi rồi
2026-07-01 02:18:06
2
vuvandiep_494
Vũ Điệp Đất Biển Đà Nẵng :
nghiệp duyên là khi đến nó hút cạn năng lực của mình làm cho mình căng thẳng, mệt mỏi tuột cùng 😂😂
2026-07-01 06:05:35
1
cogiao.u40
Mùa đông năm ấy :
20 năm chung sống 3 năm người ta... nhưng vẫn chưa buông đc 😢
2026-07-01 02:34:55
1
hng.mila
Hương khểnh :
Uh kết thúc nhé
2026-07-01 01:06:57
1
heo041727
Mèo 🐈 1987 😫😫😫 :
Chuẩn
2026-06-30 22:18:40
1
chonbinhyen000
Chơn Không :
Chẳng có tuổi tác nào ở đây cả cũng chẳng có nghiệp duyên gì hết. Sống ở đời mình phải có chính kiến của mình. Cái nào buông mà tốt thì mạnh dạn buông, suy nghĩ chính chắn trước khi quyết định bởi trong hôn nhân có đôi khi 2 vc chưa hiểu rõ nhau đã quyết định buông tay trong lúc nóng giận thì rất dễ phạm phải sai lầm. Mà một khi đã xác định buông thì đừng quay đầu lại. Cái được mất chỉ trong khoảnh khắc. Đừng nghe ai hãy lắng nghe con tim và lý trí mình mách bảo.
2026-07-01 02:37:36
3
namnguyentruong1987
*Cậu Út Bến Tre 1️⃣9️⃣8️⃣7️⃣* :
14 năm dằn vặt
2026-06-30 23:57:10
1
user3p1mhmbg28
Châu Châu Kim :
đung
2026-06-30 22:04:02
1
tranthanhhoa1987
Thanhhoa1987 :
Nghiệp duyên là ck t nè.muốn buông mà khó quá
2026-07-01 02:24:28
1
tm.an.nhin60
Bình an :
chuẩn luôn. mình buông bỏ người đó rồi
2026-06-30 23:58:08
1
redsthe906
Phúc Danh :
đau nhưng sẽ cố gắng
2026-06-30 23:56:20
1
ha.ngo842
Ha Ngo :
đúng
2026-06-30 21:49:18
1
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Privatizar la propiedad agraria. Toda persona tiene derecho a disfrutar de los bienes que haya adquirido legalmente, a disponer, usar, gozar y legarlos tal como su voluntad se lo ordene, si tomamos en cuenta que el derecho a la vida es la fuente de los demás derechos ya que si no existe ésta, no puede existir la posibilidad de practicar y ejercer la libertad. Un ente que tiene vida y libertad puede obtener un bien como fruto del trabajo, todos estos aspectos: vida, libertad y trabajo otorgan a la propiedad un valor fundamental y esencial que debe ser reconocido, respetado y protegido por las personas, sociedad y Estado mediante leyes e instituciones efectivas. L.M. Diez Picazo sostiene, en su obra Sistema de derechos fundamentales, que “la propiedad privada ha ocupado siempre –y sigue ocupando– un lugar central en el constitucionalismo, sencillamente porque en los presupuestos en que esté se apoya está la idea según la cual la libertad no es posible sin la propiedad privada”. No sólo la libertad es imposible sin propiedad, también la vida, ¿de qué sirve el trabajo y la producción de frutos si estos están sujetos a la reversión del Estado? También Rey Martínez, en su libro Temas básicos de derecho constitucional, indica: “El derecho a la propiedad privada no solo está intrínsecamente ligado a la libertad y, por tanto, al Estado de derecho; también lo está al principio democrático, pues constituye un presupuesto del pluralismo político. Sin propiedad privada no puede haber democracia. Toda libertad es efímera si no existen los medios materiales para hacerla explícita y perseguible”. Dadas así las cosas, debemos preguntarnos: ¿por qué existe diferencia entre la propiedad urbana y la rural-agraria? En efecto, la propiedad privada urbana tiene un tratamiento distinto a la propiedad rural, la primera tiene ventajas en la práctica porque se acerca más al carácter absoluto, se caracteriza por ser de la persona natural o jurídica individual, del poseedor, quien en los registros públicos de bienes inmuebles (Derechos reales) figura cómo único propietario que puede hipotecar, vender, alquilar, prendar, heredar, etc., pudiendo utilizarlo como capital para crecer y prosperar. Mientras que las propiedades agrarias tienen limitaciones insalvables, pueden ser comunitarias, colectivas, indivisibles, reversibles, algunas no son sujetos de hipoteca, transferencia, alquiler, prenda y herencia, obstaculizando el movimiento de capital, convirtiéndolas en tierras improductivas, inelegibles para inversiones, sujetas al capricho del colectivo, peor aún, motivo de expropiación, reversión, tráfico y premio de los clientes políticos del gobierno de turno. Esto provoca una inseguridad jurídica en las tierras del régimen agrario, condenando a la inseguridad jurídica a sus temporales y ocasionales poseedores. El lema “La tierra es para quien la trabaja” ha servido de pretexto de ocupaciones ilegales y avasallamientos, negocio inmobiliario de los burócratas de turno, décadas de socialismo sobre la tierra que han sumido al país en la improductividad. Los términos ambiguos “función social” y “función económica social” son imprecisos y permeables y llegan a desvirtuar, reducir, anular la propiedad, poniendo en desamparo al simple poseedor de la tierra rural-agraria. La existencia del derecho de propiedad efectivo es lo que da contenido a la función social y no a la inversa, los burócratas deben dejar de ser los dueños del suelo y subsuelo nacionales. Existe una discriminación insalvable entre lo urbano y lo agrario  #inra #agrario #propiedadprivada #derechosreales #discriminacion
Privatizar la propiedad agraria. Toda persona tiene derecho a disfrutar de los bienes que haya adquirido legalmente, a disponer, usar, gozar y legarlos tal como su voluntad se lo ordene, si tomamos en cuenta que el derecho a la vida es la fuente de los demás derechos ya que si no existe ésta, no puede existir la posibilidad de practicar y ejercer la libertad. Un ente que tiene vida y libertad puede obtener un bien como fruto del trabajo, todos estos aspectos: vida, libertad y trabajo otorgan a la propiedad un valor fundamental y esencial que debe ser reconocido, respetado y protegido por las personas, sociedad y Estado mediante leyes e instituciones efectivas. L.M. Diez Picazo sostiene, en su obra Sistema de derechos fundamentales, que “la propiedad privada ha ocupado siempre –y sigue ocupando– un lugar central en el constitucionalismo, sencillamente porque en los presupuestos en que esté se apoya está la idea según la cual la libertad no es posible sin la propiedad privada”. No sólo la libertad es imposible sin propiedad, también la vida, ¿de qué sirve el trabajo y la producción de frutos si estos están sujetos a la reversión del Estado? También Rey Martínez, en su libro Temas básicos de derecho constitucional, indica: “El derecho a la propiedad privada no solo está intrínsecamente ligado a la libertad y, por tanto, al Estado de derecho; también lo está al principio democrático, pues constituye un presupuesto del pluralismo político. Sin propiedad privada no puede haber democracia. Toda libertad es efímera si no existen los medios materiales para hacerla explícita y perseguible”. Dadas así las cosas, debemos preguntarnos: ¿por qué existe diferencia entre la propiedad urbana y la rural-agraria? En efecto, la propiedad privada urbana tiene un tratamiento distinto a la propiedad rural, la primera tiene ventajas en la práctica porque se acerca más al carácter absoluto, se caracteriza por ser de la persona natural o jurídica individual, del poseedor, quien en los registros públicos de bienes inmuebles (Derechos reales) figura cómo único propietario que puede hipotecar, vender, alquilar, prendar, heredar, etc., pudiendo utilizarlo como capital para crecer y prosperar. Mientras que las propiedades agrarias tienen limitaciones insalvables, pueden ser comunitarias, colectivas, indivisibles, reversibles, algunas no son sujetos de hipoteca, transferencia, alquiler, prenda y herencia, obstaculizando el movimiento de capital, convirtiéndolas en tierras improductivas, inelegibles para inversiones, sujetas al capricho del colectivo, peor aún, motivo de expropiación, reversión, tráfico y premio de los clientes políticos del gobierno de turno. Esto provoca una inseguridad jurídica en las tierras del régimen agrario, condenando a la inseguridad jurídica a sus temporales y ocasionales poseedores. El lema “La tierra es para quien la trabaja” ha servido de pretexto de ocupaciones ilegales y avasallamientos, negocio inmobiliario de los burócratas de turno, décadas de socialismo sobre la tierra que han sumido al país en la improductividad. Los términos ambiguos “función social” y “función económica social” son imprecisos y permeables y llegan a desvirtuar, reducir, anular la propiedad, poniendo en desamparo al simple poseedor de la tierra rural-agraria. La existencia del derecho de propiedad efectivo es lo que da contenido a la función social y no a la inversa, los burócratas deben dejar de ser los dueños del suelo y subsuelo nacionales. Existe una discriminación insalvable entre lo urbano y lo agrario #inra #agrario #propiedadprivada #derechosreales #discriminacion

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